Es un acto administrativo de caracter rogado mediante el cual se autoriza el pago de las deudas de Seguridad Social fuera del plazo reglamentario de ingreso, con devengo de intereses y que permite considerar al deudor, en tanto se cumplan las condiciones requeridas, al corriente respecto de las deudas aplazadas
El plazo máximo para la amortización de la deuda es de cinco años, pero dependerá del importe de la deuda y de las circunstancias existentes que se conceda el máximo o uno inferior. La concesión del mismo dará lugar al devengo de intereses, conforme al interés legal del dinero.
1. Contratación del producto
2. El gestor se pondrá en contacto contigo para que le facilites todos los datos necesarios para la solicitud:
3. Entrega de documentación por parte del cliente:
-Foto DNI.
4. Entrega resguardo cliente.
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